Máster Universitario en Dirección de Procesos Estratégicos

Máster Universitario en BPM para la Transformación Digital

martes, 22 de octubre de 2013

La nueva Ley de Impulso de Factura electrónica y creación del Registro contable afecta a todos los proveedores BPM de las Administraciones Públicas Españolas

La Ley de Impulso de factura electrónica y creación del registro contable tiene dos consecuencias que van a exigir a los proveedores de las AAPP, cualquiera que sea su ámbito de actividad,  la adaptación de sus sistemas de facturación para ser capaces de enviar Facturae 3.2. 



La creación del registro contable cuyo fin es el control y seguimiento del cumplimiento de los presupuestos y el control del pago efectivo de la deuda contraída, obliga a las AAPP a registrar todas las facturas que reciben; la deuda derivada de éstas, de acuerdo con la Ley de Morosidad, debe ser cancelada como máximo a los 30 días de la fecha de emisión o de la entrega de los bienes y/o servicios contratados.  La fecha prevista de entrada en vigor de la obligación de creación del Registro Contable es el 1 de enero de 2014.

Por su parte y para el impulso de la facturación electrónica que implica enormes beneficios para  toda la cadena de aprovisionamiento, el proyecto de Ley ha previsto hacerla obligatoria a todos los proveedores de las AAPP el 15 de enero de 2015 aunque ahora mismo ya hay Administraciones Públicas que la están exigiendo.

Otro aspecto de enorme importancia a la hora de entregar las facturas en destino es la existencia de diferentes plataformas con distintos métodos de recepción de facturas lo que exige a los fabricantes de soluciones de facturación electrónica un gran esfuerzo en desarrollo de interconectividad.  Para eliminar este problema, la Administración General del Estado en la misma Ley de impulso de factura electrónica y creación del registro contable ha previsto la puesta en marcha del Punto General de Entrada de facturas dirigidas a la AGE que también podrá ser utilizada por otras Administraciones de las CCAA y de las EELL a través de un convenio de adhesión.  

En este punto, las soluciones deben estar preparadas para el envío y entrega de Facturae 3.2 a cualquier organismo de la AGE y a todas las AAPP que suscriban el convenido de adhesión y exijan el envío de factura electrónica.

A la hora de incorporar esta necesaria funcionalidad, es recomendable apoyarse en empresas especialistas que faciliten la tarea. Cabe destacar la empresa española ZeroComa,  que desde su constitución en 2005 está enfocada fundamentalmente a resolver los problemas relacionados con la emisión, recepción, digitalización certificada de facturas recibidas en papel, análisis de gestión, flujo de aprobación, control de tesorería, contabilización automática o volcado de información a los sistemas económico-financieros, de gestión de procesos o de gestión documental de las empresas, … ha orientado el desarrollo de los distintos módulos con la filosofía de aportar a las instalaciones lo que cada una necesite sin exigir que las empresas clientes hayan de desmontar sistemas informáticos que actualmente están funcionando a plena satisfacción. 

Su propuesta es dotar a las instalaciones de sus clientes de los elementos de los que ahora carecen como son la conversión del fichero de facturación a Facturae 3.2 y su entrega en destino independientemente de la plataforma del cliente, la digitalización certificada con valor fiscal y procesal de las facturas recibidas en papel; si el volumen de éstas se importante, la implantación de un OCR para reconocimiento y extracción de los datos obligatorios y si también son necesarios, de las líneas de detalle, su volcado al BPM para continuar con el procedimiento que hasta ahora utilizan.

Más Información:
 121/000055 Proyecto de Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

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